Siete años después del primer intento por contar con una ley de de
protección a los derechos sexuales, a la que en su momento se opuso la
Iglesia, la Legislatura sancionó por mayoría, la adhesión al programa
Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable, impulsado en el
Senado por la legisladora misionera Mercedes Oviedo, quien anoche
defendió tenazmente el proyecto. que busca reducir la mortalidad
materna por abortos inducidos, prevenir embarazos no deseados, promover
la salud sexual de los adolescentes; contribuir a la prevención y
detección precoz de enfermedades de transmisión sexual, de VIHSIDA y
patologías genital y mamarias; garantizar a toda la población el acceso
a la información, orientación, métodos y prestaciones de servicios
referidos a la salud sexual y procreación responsable y potenciar la
participación femenina en la toma de decisiones relativas a su salud
sexual y procreación.
Como en el primer intento, esta vez también hubo rechazos a la ley,
pero no tan relevantes como para frenarla. Se opuso el diputado Ricardo
Wellbach, aunque aclaró que “por su presente y no por su pasado”, ya
que era sacerdote, y la diputada Mónica Alustiza. Tampoco votó la ley
el diputado Ricardo Buiak, quien fue cura, mientras que Jorge Galeano,
vinculado a la Iglesia, abandonó el recinto, al igual que el radical
Pablo Andersen.
Sin embargo, Oviedo aclaró que la ley fue aprobada en la Nación con el
visto bueno del cardenal Jorge Bergoglio, porque “no se trata de una
ley pro aborto, si no de un rescate de la vida”.
La diputada señaló que una mujer por día muere en la Argentina por
problemas en el embarazo y el 60 por ciento, no planificó estarlo. “Es
una epidemia silenciosa”, indicó. A la vez, citó estadísticas del Plan
Mamá, que revelaron que el 45 por ciento de las adherentes no
terminaron la escuela primaria, lo que evidencia la falta de
preparación para una procreación responsable.
El programa establece que el Estado deberá, “a demanda de los
beneficiarios, prescribir y suministrar los métodos y elementos
anticonceptivos que deberán ser de carácter reversible, no abortivos y
transitorios, respetando los criterios de los destinatarios, salvo
contraindicación médica específica y previa información brindada sobre
las ventajas y desventajas de los métodos naturales y aquellos
aprobados por la ANMAT”.
También acepta las ligaduras de trompas de Falopio y de conductos
deferentes o vasectomía, requeridas formalmente como método de
planificación familiar y/o anticoncepción. Las personas menores de edad
tendrán derecho a recibir, a su pedido y de acuerdo a su desarrollo,
información clara, completa y oportuna; manteniendo confidencialidad
sobre la misma y respetando su privacidad.
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