La información sobre los riesgos vinculados al consumo del tabaco y las
imágenes explícitas sobre los daños que causa a la salud deberán ocupar
el 30 por ciento de cada cara.
Esta disposición está contenida en la
resolución 3969 del 21 de octubre, expedida por el Ministerio de la
Protección Social para dar cumplimiento a lo estipulado en las leyes
1109 del 27 de diciembre del 2006 (mediante la cual Colombia adhirió al
Convenio Marco para el Control del Tabaco de la Organización Mundial de
la Salud), y la 1335 del 17 de septiembre este año (conocida como la
Ley Antitabaco).
Lenis Urquijo, director de Salud Pública
del Ministerio, explicó que los pictogramas y los textos serán
definidos por el Ministerio y publicados en su página web antes del 20
de noviembre.
Inicialmente se recurrirá a tres imágenes
que han dado buenos resultados en Brasil, Argentina y Chile. Al cabo de
un año serán cambiados. "En esta primera etapa las compañías de tabaco
tendrán plazo hasta julio del año próximo para incorporar textos e
imágenes, aprobados", señaló Urquijo.
De acuerdo con la resolución, las frases o
pictogramas deberán aparecer en las dos caras principales de los
empaques y cajetillas, ocupando el 30 por ciento de cada cara.
El texto deberá ir escrito en español, en
un recuadro de fondo blanco y borde negro (el tipo de letra será
helvética y el tamaño 14 puntos, en tinta negra), ubicado paralelamente
en la parte inferior del empaque. Tendrá un borde de dos milímetros.
Asimismo, las advertencias sanitarias
deberán ser visibles en las cajetillas y cartones de cigarrillos y los
empaques de todos los productos de tabaco y sus derivados
comercializados en el país.
Los pictogramas serán impresos en
policromía con tinta indeleble y en ningún caso ni las imágenes ni las
advertencias sanitarias podrán ubicarse en la envoltura transparente ni
en ningún otro papel de embalaje externo del empaque.
Los empaques y etiquetas no podrán
dirigirse a menores de edad o ser especialmente atractivos para ellos;
tampoco sugerir que fumar contribuye al éxito atlético, deportivo,
profesional, sexual o a la popularidad, o contener publicidad falsa o
engañosa recurriendo a expresiones tales como: cigarrillos 'suaves',
'ligeros', 'Light', 'Mild' o 'bajo en alquitrán, nicotina y monóxido de
carbono'.
Además de los requisitos exigidos en la
resolución, todas las cajetillas y empaques de cigarrillos utilizados
para la entrega del producto al consumidor final, importados para ser
comercializados en Colombia, deberán incluir en una de las caras
laterales el país de origen y la expresión "importado para Colombia". Comentarios reservados a usuarios registrados. Por favor ingrese al sistema o regístrese. Powered by AkoComment! |