Gremio de Enfermeras exhorta a profesionales a respetar jornada laboral de 6 horas |
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jueves, 10 de junio de 2010 |
La Asociación Paraguaya de
Enfermería emitió un manifiesto donde comunica a todos los profesionales
de enfermería y, especialmente, a los que trabajan en el sector de
Salud Pública ,que el ejercicio de la profesión de Enfermería se rige
única y exclusivamente por la Ley 3206 o Ley del Ejercicio de
Enfermería, donde se estipula que la jornada laboral del personal de
Enfermería es de 6 horas diarias.
El comunicado fue emitido en referencia a la Circular N°
30/10 emitida por la dirección de Relaciones Humanas del Ministerio de
Salud, que establece que se debe "optimizar el horario ordinario de 8
(ocho) horas diarias para la realización de todas las tareas inherentes a
ser desempeñadas por cada dependencia del M.S.P, en concordancia a la
comunicación Presidencial del veto a la Ley 4003/2010 que modifica el
artículo 59 de la Ley 1626/00 de la Función Pública". Recuerdan además, que el ejercicio del trabajo de
enfermería en los hospitales públicos y privados, está estipulado por
dicha Ley, por lo que ninguna circular, resolución o reglamentación
interna; pueden prevalecer sobre esta. La Asociación Paraguaya de Enfermería exhorta a las
enfermeras y enfermeros del sector público, a tener en cuenta esta
aclaración y a documentarse y ampararse exclusivamente en ella y
realizar las denuncias correspondientes en caso de arbitrariedades o
desconocimientos que pudieran presentarse a nivel administrativo sobre
el punto en particular.El
comunicado está firmado por María Concepción Chávez, presidenta de la
Asociación Paraguaya de Enfermería. Comentarios reservados a usuarios registrados. Por favor ingrese al sistema o regístrese. Powered by AkoComment! |