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Olesker: "Desde enero de 2008 el BPS pagará 1.300.000 cuotas de atención de la salud" PDF Imprimir E-Mail
La República (Por Antonio Pippo)   
miércoles, 02 de mayo de 2007

El economista Daniel Olesker, director general de Secretaría del Ministerio de Salud Pública, desmenuza paso a paso la compleja trama gradual de la reforma de la salud, que tendrá un punto de fuerte inflexión a partir del 1º de enero de 2008.


--Para que la gente entienda esta reforma de la salud, que, como se ha dicho, es un proceso gradual, tal vez convenga describir los tres proyectos fundamentales de su primera etapa. Comencemos por la descentralización de ASSE. ¿Qué alcances específicos tiene?

--Significa transformar a ASSE, los servicios de salud del Estado, hospitales públicos, policlínicas, etcétera, que hoy son un organismo del Ministerio de Salud Pública, en un servicio descentralizado como pueden ser el Banco República, OSE, en fin. ¿Qué ventajas tiene, o por qué causas se toma esta decisión? Son tres. La primera es que, como lo vamos a ver en la ley que crea el Fondo Nacional de Salud, la esencia de la reforma es un sistema integrado de salud que articulará servicios públicos y privados en un sistema único al que le va a pagar un fondo único. Por lo tanto, si los servicios de salud del Estado, hoy llamados ASSE, van a ser para la gente una opción y deberán estar regulados y administrados bajo las mismas condiciones que si fueran "una mutualista pública", no pueden integrar el Poder Ejecutivo a través del ministerio, porque serían juez y parte en este proceso. Entonces, como la Ursea controla a la OSE o como el Ministerio de Economía controla a los bancos públicos, acá Salud Pública controlará los servicios que brinden atención, sean privados o públicos...

--Permítame una interrupción. ¿Eso significa que ASSE tendrá un presupuesto propio?

--Al ser un organismo del artículo 220 de la Constitución, ASSE, independientemente de que el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Salud Pública, enviara el presupuesto de esos servicios al Parlamento, tendría la posibilidad de mandar su propio presupuesto. Tendrá autonomía para hacerlo, como hoy hace la Universidad de la República. Bien, las otras dos causas o ventajas de la descentralización de ASSE tienen más que ver con la operativa. La segunda es la mayor flexibilidad para el uso de los recursos. La Administración Central tiene una cantidad de connotaciones vinculadas a la rigidez de los recursos, que están asignados a tal rubro y no pueden ser trasladados a otro, etcétera. Un servicio descentralizado, una vez que recibe el presupuesto, sea de Rentas Generales o, como veremos después, del BPS, tiene un manejo flexible de esos recursos, obviamente con el control del Tribunal de Cuentas, que también operará acá.

--Lo hace más eficaz...

--Efectivamente, sí. Y la tercera causa es el manejo de los recursos humanos. Cuando uno mira la estructura de recursos humanos en la Administración Central, los escalafones, por ejemplo --más allá de que ahora hay un proyecto de cambio muy importante sobre esto--, en realidad están pensados en administración de gobierno, no en servicios de salud. Es como que se aplicara el estatuto de la Administración Central al estatuto docente para la ANEP. No. Tener manejo de recursos humanos en tareas asistenciales, con temas de productividad, de zafras con aumento de la atención, implica también un mayor grado de flexibilidad y autonomía que este proyecto descentralizador lo da. Y hay, además, una propuesta de un directorio para ASSE, que se integrará con tres miembros de carácter político, como cualquier servicio descentralizado, y dos miembros que representarán a los trabajadores y a los usuarios. Esto incorpora el control social de la gestión del organismo.

--Muy bien, ingresemos ahora al segundo proyecto vinculado a la reforma: el Fondo Nacional de Salud. ¿Está bien dicho así?

--Bueno, el proyecto se llama "Ley de ampliación de la cobertura de la Seguridad Social". Más sencillamente, sí, es el Fondo Nacional de Salud.

-- Eso suena como si a través de esa ley se resolviera toda la ecuación económica. Y hay quienes han dicho que no. Que, por ejemplo, lo que aportará cada contribuyente y qué obtendrá a cambio se establece con el tercer proyecto, el Sistema Nacional Integrado de Salud.

--Bien, ya lo aclararemos. Pero déjeme ir al segundo proyecto, el Fonasa. Cuando llegamos al gobierno dijimos: "Vamos a una reforma de la salud que tiene como objetivo un sistema integrado con un fondo nacional de salud único que financie a todas las instituciones públicas y privadas". Entonces, lo que hace esta llamada "ley chica", la "Ley de ampliación de la cobertura de la Seguridad Social", es crear el Fondo Nacional de Salud. Después, la ley general, respondiendo en parte a su duda, lo ampliará. El Fonasa, en el seno del BPS, porque operará dentro de él, tendrá la potestad de administrar los recursos que la Seguridad Social gasta en salud. ¿Cuáles son? Por un lado, los que ya la Seguridad Social tiene en salud: el viejo Disse, que se transforma en Fonasa y que es el viejo aporte obrero y patronal para que los trabajadores tengan derecho a la salud, y lo que la ley de las AFAP creó como cuota mutual para los jubilados que ganen menos de 4.800 pesos. Por otro, ahora se agregan todos los trabajadores públicos de la Administración Central que no tenían cobertura, alrededor de 26.000 a 28.000 personas, porque los trabajadores de los entes, que ya tienen cobertura, en lugar de que el organismo la pague directamente, esa cobertura pasará a través de la Seguridad Social. Lo que tendrán los trabajadores de la Administración Central será como una cuota Disse, con un aporte patronal de 5% y un aporte obrero de 3%. Y después se sumarán al Fonasa todos los que vayan consiguiendo trabajo, de ahora en adelante. Pero esta "ley chica" agrega tres cosas más. La primera, que en realidad ya la mencioné, incorpora a todos los trabajadores públicos. La segunda, quiebra una gran injusticia que tenía el sistema de salud a través de la Seguridad Social: si yo conseguía trabajo por la Seguridad Social, cuando me daban a elegir donde atenderme sólo me ofrecían mutualistas y no me permitían elegir ASSE. Ahora, esta opción entre mutualista o ASSE es sólo para los nuevos trabajadores: los más de 26.000 públicos y todos los que consigan empleo mañana o pasado o más adelante.

--Entonces el resto de la gente queda donde está ahora, sin posibilidad de cambio.

--Por ahora sí, pero también eso lo aclararemos más adelante. Y la tercera cosa que agrega la "ley chica", es quebrar otra gran injusticia que tenía el sistema de Seguridad Social, que pagaba una cuota única para todos los afiliados. Es decir, yo me afiliaba, me descontaban el 3%, al patrón el 5%, el BPS recibía esa planta, yo iba a la mutualista tal o cual y por mí o por cualquiera se pagaba lo mismo. Eso generaba grandes inequidades. Sobre todo que las mutualistas dijeran: "Tráiganme jóvenes de 20 a 44 años lo más que puedan, y a los mayores de 64 no, porque no alcanza la cuota para cubrir todos los servicios que requieren". Esto se elimina y se pasa a pagar según un sistema por edad y sexo. El BPS tiene el fondo y dice: "Bueno, la mutualista X me debe decir no sólo cuántas personas tiene para que yo le pague las cuotas, sino de qué sexo y distribuidos según qué tramos etarios". Una vez que el BPS tenga esos datos, se determina cuánto dinero le corresponde a cada mutualista, variando las cuotas entre los 450 pesos para hombres de 20 a 44 años, hasta más de 2.000 pesos para hombres mayores de 64 años. Como resultado de esto hay un efecto indirecto de la ley, que hay que remarcar: yo dije antes que el Fonasa se iba a componer de los trabajadores y además de los pasivos que ganan menos de 4.800 pesos; sin embargo, para los pasivos, ese derecho, le da la opción de tener el servicio privado o seguir atendiéndose en el sector público y no se le descuenta el 3%. De los 130.000 jubilados que están en la franja beneficiada sólo 50.000 usaron el derecho de optar por una mutualista. ¿Por qué? Porque no pueden pagar los tiques ni las órdenes, o sea los famosos copagos. ¿Qué es lo que uno espera que suceda como resultado de esta ley? Si las instituciones, en lugar de 900 pesos, por estos afiliados van a recibir 2.000 o 2.200 pesos, según sea hombre o mujer, sus costos tendrán otra recuperación y, por tanto, no habrá necesidad de cobrar tantos copagos. Por ende, van a salir a promover la captación de esta población.

--Bien, pasemos a la que ha sido llamada "la ley central": el proyecto de Sistema Nacional Integrado de Salud.

--Esa ley es una ley general, para todo el sistema. Me gustaría destacar cuatro cosas. Lo primero que hace es definir quiénes pueden integrar el Sistema Nacional Integrado de Salud. Porque la opción que tomamos es hacer una ley para la integración de lo público y lo privado del sistema y regular lo que está. Va a haber todavía muchos prestadores de salud que sigan estando fuera del sistema, como hoy hay cosas que no están. En esta primera ley nos concentramos en regular lo que está. ¿Y quiénes son los que pueden estar en el nuevo sistema? Los prestadores integrales, o sea los que dan toda la prestación en salud, públicos o privados. Si son privados pueden ser las instituciones que ya estaban integradas ­mutualistas, cooperativas médicas e incluso los seguros privados-- o toda otra nueva institución que se conforme de aquí en adelante sin fines de lucro. ¿Qué quiere decir? Que las que son sociedades anónimas, pero ya están en el sistema, van a seguir. Lo segundo a destacar es la creación del organismo que va a administrar el sistema: la Junta Nacional de Salud. En este capítulo se definen claramente las competencias del ministerio y las de la Junta; el ministerio es normatizador, regulador, habilitador, definidor de la estructura del sistema; la Junta es administradora: significa que administra el Fonasa y evalúa la pertinencia de que ingresen nuevas instituciones, porque, por ejemplo, hoy no estamos habilitando seguros parciales, ni la incorporación, salvo excepciones, de nuevas tecnologías, porque entendemos que, de alguna manera, el país en esas materias está cubierto. Todo ese mirar el sistema y ver qué se necesita y que no, inspeccionar a los prestadores de salud, pagar a través del Fondo, definir las cápitas definidas por edad y sexo, etcétera, son temas de la Junta. Ah..., y hay algo que no dije: en el caso de los prestadores, a los que se les pone una serie de requisitos para estar, se agrega la exigencia de que tengan organismos de control social de la gestión, integrados por trabajadores y usuarios. Por su parte, la Junta estará integrada por cuatro miembros del Poder Ejecutivo, dos en nombre de Salud Pública, uno por el BPS y otro por el Ministerio de Economía, y tres miembros que representen a usuarios, trabajadores y las empresas prestadoras de salud. El tercer aspecto sustantivo es la incorporación de una serie de regulaciones de los prestadores. Por ejemplo ¿qué nos han planteado los prestadores parciales, las emergencias, los servicios odontológicos, etcétera?: "Está bien, aceptamos que la emergencia y la salud bucal estén en la prestación integral de salud, pero ¿qué garantías tenemos de que el prestador integral nos transfiera los recursos adecuados?". Bueno, la misma ley lo dice: vamos a regular esos contratos y las relaciones financieras entre prestadores. Cuando hay prestadores que tienen deudas acumuladas con otros tendrán que refinanciarlas o no podrán seguir prestando el servicio. Esas regulaciones dan garantías suficientes a unos y otros, sean integrales o parciales.

--Es como en la construcción, cuando una empresa responsable de una obra contrata a otra para algo específico.

--Exactamente. Pero vea que los contratos pueden ser con el propio sector público. En un departamento donde Salud Pública tiene una buena red de primer nivel y la mutualista no, la mutualista podrá contratarla al servicio público. En otro departamento, donde se desborde la capacidad sanatorial de Salud Pública, el servicio público contratará espacio en un sanatorio privado. Porque ¿cuál hubiera sido la alternativa? Ah, todos tienen que tener todo. Habría un sobredimensionamiento sin ningún sentido. Hay que regular lo ya existente, coordinándolo y complementándolo mejor. El capítulo de las regulaciones, que es éste, también define el plan integral de atención en salud y propone que la reglamentación la defina taxativamente...

--¿Y por qué se ha dicho que es en esta tercera ley del paquete, la central, donde queda claro qué aporta cada uno y qué servicios recibe a cambio?

--Porque ahora viene el cuarto aspecto del que quería hablarle, que es el financiamiento. Primero, el Fonasa, que ya está previsto, que va al BPS y que pagará cápitas por edad y sexo, sólo abarcará, por ahora, a unas 750.000 personas que son los trabajadores y los pasivos con ingresos menores a 4.800 pesos. ¿Qué dice esta tercera ley? Bueno, el Fonasa tiene que incorporar al resto de la población. Y entonces propone etapas, ya que es una reforma gradual. Hay una etapa que la ley no sólo propone sino que le fija fecha: es la incorporación de los hijos de los trabajadores. La ley propone que la tasa del trabajador, o sea su aporte, pase de 3% a 6%, siempre y cuando gane más de 4.000 pesos ­si gana menos seguirá aportando 3% y el resto lo pagará el Estado--, pero otorgándole el derecho de la cobertura integral en salud de todos sus hijos menores de 18 años. Eso comenzará el 1º de enero de 2008: cada trabajador aportará 6% y en un recibo que le dará la mutualista o ASSE estará incluida su atención y la de sus hijos. Pongamos un ejemplo: un trabajador metalúrgico que gana 10.000 pesos, casado con una maestra que gana 8.000 pesos; hoy cada uno aporta 3% para su atención de la salud; o sea que aportan 540 pesos y tienen derecho a las dos cuotas del matrimonio. Supongamos que tienen dos hijos y les pagan la mutualista; pongamos entonces que agregan a su gasto 1.800 pesos, con lo cual tienen un total de aproximadamente 2.400 pesos de gastos en salud. Ahora aportarán 6% cada uno, o sea 1.080 pesos, pero con esa cifra tendrán las cuatro cuotas. Digamos que tienen esos dos hijos pero no están en el sistema mutual; pero con ese nivel salarial no tienen carné gratuito en ASSE; por lo tanto, o los hijos no tienen cobertura alguna o pagan el arancel, con lo cual también estarían pagando más de los 1.080 pesos que mencioné. Déjeme decirle que la alternativa hubiera sido subir la tasa de tal manera que los trabajadores bancaran todo el costo de sus hijos; eso hubiese significado subir la tasa a 8% o 9%. No, se sube a 6% y el resto lo banca el Estado. ¿Cuál es el costo fiscal de incorporar a estos alrededor de 500.000 nuevos usuarios, menores de 18 años? Es 52:000.000 de dólares. Una parte la ponen los trabajadores y la otra, la mayor, el Estado. Lo que queda después es incorporar otras poblaciones al Fonasa. Los pasivos que ganan más de 4.800 pesos y lo que podríamos llamar, genéricamente, personas no incluidas en la Seguridad Social. Sobre todos ellos la ley dice que, 180 días después de aprobada, hay que enviar otra, una cuarta ley, definiendo cómo se incluye a esas personas.

--Ahora bien, el trabajador que no tiene hijos...

--Aportará también el 6%.

--Pero no se beneficia...

--En ese caso no, tiene un costo adicional que aporta, solidariamente, para el que tiene hijos. Pero vea que tenemos alrededor de 700.000 trabajadores y 500.000 hijos. El promedio es, aproximadamente, 0.7 hijos por trabajador afiliado. La población sin hijos no es significativa. Pero hay algo más: los que no tienen hijos sí pueden incluir en su 6% al cónyuge, si éste no trabaja, aunque la ley dice que tal beneficio no será desde el 1º de enero de 2008, sino que faculta al Poder Ejecutivo a que lo aplique más adelante.

 -- Vayamos a otro tema. ¿Ustedes sienten que hay reales garantías para que el nuevo sistema vaya generando la disminución y eventual eliminación de los copagos en el mutualismo? O sea, los sobrecostos para el usuario.

--Hoy, el BPS le paga a las mutualistas aproximadamente el 40% de sus ingresos. Al 1º de enero de 2008, en lugar de 700.000 cuotas el BPS pagará, agregando a los hijos menores, 1.300.000 y, por tanto, las mutualistas van a tener un ingreso mucho más dependiente del BPS, probablemente arriba del 60% o 65%. Eso hace que la capacidad del Fonasa para regular y limitar las ineficiencias que pesan sobre los costos sea muy grande. Alguna limitación habrá que hacer por vía normativa, como hicimos con los diabéticos y como queremos hacer con los hipertensos, liberándolos de los copagos. Otra parte la hará el mercado. En la medida en que haya 500.000 menores de 18 años y alrededor de 80.000 jubilados con la posibilidad de pasar a ASSE o al sistema mutual, es casi lógico que al menos una parte de lo que se llama asistencia médica colectiva quiera captarlos a través de políticas promocionales que son, precisamente, las que eliminan costos adicionales. Uno piensa que, en la medida en que el ingreso a las instituciones mutuales aumente, porque sin duda va a aumentar, se irá reduciendo su dependencia de los copagos. Por otra parte, la Rendición de Cuentas que entrará ahora al Parlamento incluye un proyecto nuestro, por el cual no sólo aumentamos la dotación inspectiva ­cuando llegamos al ministerio eran cinco personas y ahora hay un centenar, ingresado por concurso-- sino que pedimos que pasen a un régimen de dedicación exclusiva, similar al de los inspectores del Ministerio de Trabajo o al de los funcionarios de la DGI. El reforzamiento de la capacidad inspectiva le dará a Salud Pública mucha más capacidad de regulación a través de la Dirección General de Salud para, justamente, actuar sobre las ineficiencias y sobre los incumplimientos. Hoy la cuota mutual se hace sólo por costos: aumento de salarios, de medicamentos, etcétera. Los costos en salud hay que enfrentarlos. Pero también hay que incluir una especie de pago por eficiencia: si yo aumento la escala, y en lugar de tener 1:500.000 afiliados en el mutualismo paso a 1:800.000, hay una cantidad de costos fijos que se reducen y eso se tiene que expresar en más eficiencia y, al cabo, en la reducción de los famosos copagos.

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