El gobierno federal promulgó una ley antitabaco nacional que aumenta
las restricciones y prohibe fumar en lugares cerrados con acceso al
público, salvo que cuente con espacios aislados con mecanismos para
evitar la salida del humo.
La Ley General para el Control del Tabaco, publicada el viernes en
el Diario Oficial, entrará en vigor en 90 días y también prohibe la
venta de cigarrillos sueltos, una práctica extendida en México.
La nueva norma fue firmada por el presidente Felipe Calderón casi
tres meses después de la ciudad de México promulgó su propia ley
antitabaco, que es aún más restrictiva que la federal al prohibir por
completo fumar en cualquier local público cerrado y no da la
posibilidad de establecer zonas para fumadores.
La norma federal establece que las áreas públicas cerradas, lugares
de trabajo al interior de un inmueble, escuelas y transportes públicos
serán considerados espacios 100% libre de humo de tabaco.
Sin embargo, permite que en todas esas áreas _salvo en escuelas de
educación básica y media superior_ se establezcan zonas exclusivas para
fumar siempre que estén al aire libre o en espacios interiores aislados
con "mecanismos que eviten el traslado de partículas hacia los espacios
100% libres de humo de tabaco y que no sea paso obligado para los nos
fumadores".
En México ya era de cumplimiento obligatorio que lugares como
restaurantes tuvieran una zona separada para fumadores, pero no se les
exigía tener una barrera física con mecanismos que impidan la salida
del humo.
También se prohibe anunciar cualquier producto del tabaco por
cualquier medio de comunicación y sólo se podrán promover en revistas o
dentro de establecimientos de acceso exclusivo para adultos.
Además, sólo se podrán vender paquetes con no menos de 14 y no más
de 25 cigarrillos y para comprarlos, el cliente debe acreditar su
mayoría de edad con una identificación oficial.
La ley sanciona con multas de hasta 10.000 salarios mínimos (más de
40.000 dólares), arresto de hasta 36 horas y la clausura temporal o
definitiva de un establecimiento o una simple amonestación, según la
infracción. La multa se duplicará en casos de reincidencia.
Datos del gobierno señalan que alrededor de 14 millones de mexicanos
tienen el hábito de fumar en un país con cerca de 105 millones de
habitantes
Aunque la norma entrará en vigor en 90 días, los dueños de
establecimientos que quieran poner zonas para fumar tendrán hasta 180
días para hacer las modificaciones necesarias.
La ley antitabaco para la ciudad de México entró en vigor en abril y
algunos legisladores locales han considerado que se contrapone a la
norma federal.
Funcionarios y legisladores han dicho que la norma local no se
contradice con la nacional, pues ésta es un marco mínimo del que cada
estado puede partir para regular el tema y si desea, como ocurrió en la
ciudad de México, hacerla más restrictiva. Comentarios reservados a usuarios registrados. Por favor ingrese al sistema o regístrese. Powered by AkoComment! |